ANAP realiza avalúos comerciales, técnicos y periciales para fechas actuales o retrospectivas, con identificación del objeto, definición de la fecha de referencia, selección metodológica y sustentación del resultado.
Avaluadores inscritos conforme a la Ley 1673 de 2013.
Los avalúos son elaborados y suscritos por avaluadores inscritos en el Registro Abierto de Avaluadores —RAA—, de conformidad con la Ley 1673 de 2013. Para cada encargo se verifica que la categoría o especialidad registrada corresponda a la naturaleza del bien o derecho que debe valorarse.
La inscripción en el RAA acredita la habilitación para ejercer la actividad valuatoria dentro de las categorías registradas y somete al profesional al régimen de autorregulación, a los deberes éticos y a las responsabilidades previstas para el ejercicio de esta actividad.
Ámbitos de intervención
El artículo 5 del Decreto 556 de 2014 establece las categorías en las que los avaluadores pueden inscribirse en el RAA. ANAP selecciona para cada encargo al profesional cuya inscripción comprenda la categoría aplicable. La relación siguiente identifica los trece ámbitos previstos por la norma y no implica que un mismo avaluador se encuentre inscrito en todos ellos.
Inmuebles urbanos
Casas, apartamentos, edificios, oficinas, locales comerciales, terrenos, bodegas y demás inmuebles situados total o parcialmente en áreas urbanas.
Inmuebles rurales
Terrenos rurales con o sin construcciones, cultivos, plantaciones, adecuaciones, infraestructura agropecuaria y demás componentes de explotación rural.
Recursos naturales y suelos de protección
Bienes ambientales, minas, yacimientos, explotaciones minerales, suelos pertenecientes a estructuras ecológicas y valoración de daños ambientales.
Obras de infraestructura
Puentes, túneles, acueductos, conducciones, presas, aeropuertos, muelles, estructuras especiales y construcciones civiles de infraestructura similar.
Edificaciones de conservación arqueológica y monumentos históricos
Edificaciones de conservación arquitectónica, bienes de interés patrimonial y monumentos históricos.
Inmuebles especiales
Centros comerciales, hoteles, colegios, hospitales, clínicas, avances de obra y demás inmuebles no comprendidos en las categorías anteriores.
Maquinaria fija, equipos y maquinaria móvil
Maquinaria industrial y de construcción, equipos eléctricos, mecánicos, informáticos, de telecomunicaciones, electromedicina y vehículos de transporte automotor.
Maquinaria y equipos especiales
Naves, aeronaves, trenes, locomotoras, vagones, teleféricos y medios de transporte diferentes de los automotores.
Obras de arte, orfebrería, patrimoniales y similares
Arte, joyas, orfebrería, artesanías, muebles y objetos con valor histórico, cultural, arqueológico o paleontológico.
Semovientes y animales
Semovientes, animales y bienes muebles que no se encuentren clasificados en otra especialidad.
Activos operacionales y establecimientos de comercio
Revalorización de activos, inventarios, materias primas, productos en proceso, productos terminados y establecimientos de comercio.
Intangibles
Marcas, patentes, secretos empresariales, derechos de autor, nombres comerciales, derechos deportivos, espectro radioeléctrico, fondo de comercio y prima comercial.
Intangibles especiales
Daño emergente, lucro cesante, daño moral, servidumbres, derechos herenciales y litigiosos, indemnizaciones, cálculos compensatorios y otros derechos no comprendidos en las categorías anteriores.
Enfoque metodológico
La metodología se determina según la naturaleza del activo, la finalidad del informe, la fecha de valoración y la información técnicamente disponible. Cuando corresponde, se aplican métodos comparativos, de costo, de renta o técnicas complementarias, con exposición de las fuentes, los factores de ajuste, las operaciones y las limitaciones del análisis.
Información inicial requerida
Identificación del bien, activo o derecho; certificados o documentos de propiedad; ubicación; información técnica y financiera; fotografías; fecha de referencia; finalidad del avalúo; cuestionario pericial y plazo requerido.
Producto entregable
El producto se define en la oferta de servicios y puede comprender dictamen pericial, informe de avalúo, anexos técnicos, planos, memorias de cálculo, bases de datos, registro fotográfico y sustentación, según la naturaleza del encargo.